CAMBIO BASE MINIMA DE COTIZACION PARA DETERMINADOS AUTONOMOS
Según el Real Decreto Ley 16-2013 publicado en el BOE el 21 de Diciembre en su diz poción adicional segunda la cual se ampara a lo establecido en Ley General de la seguridad social en su disposición adicional vigésima séptima del texto refundido.
En su contenido viene a establecer que partir del 01 de Enero del 2014 se modifica la base minina de cotización de los siguientes Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos:
Autónomos que ejerzan funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador.
Autónomos que presten servicios a la sociedad a titulo lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto.
Autónomos que tenga a su cargo 10 trabajadores o mas.
Por lo tanto aquellos Autónomos que formen parte de una sociedad y que realicen trabajos en la misma, verán la cuantía de su cuota de autónomo incrementada.